Fracción XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.

Ejercicio 2024

Denominación del Formato TRIMESTRE 1 TRIMESTRE 2 TRIMESTRE 3 TRIMESTRE 4
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones 2024    
XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica 2024    

Ejercicio 2023

Denominación del Formato TRIMESTRE 1 TRIMESTRE 2 TRIMESTRE 3 TRIMESTRE 4
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones Ejercicio 2023
XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica Ejercicio 2023
XLVIIc. Mensaje Ejercicio 2023

Ejercicio 2022

Denominación del Formato TRIMESTRE 1 TRIMESTRE 2 TRIMESTRE 3 TRIMESTRE 4
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones Ejercicio 2022
XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica Ejercicio 2022
XLVIIc. Mensaje Ejercicio 2022

Fecha de Actualización: 04 de Julio de 2024
Periodo de actualización: Trimestral
Periodo de Conservación de la información: Información que se genere en el ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores.

No Aplica

El H. Ayuntamiento de Compostela, Nayarit, no genera ni detenta la información relativa al listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, en terminso de los artículos 291, 294, 300 y 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales y artículos 297 del Registro de comunicaciones, aunado a que no cuentan con atribuciones de procuración, impartición o administración de justicia y no están relacionados con materia de seguridad nacional; El Artículo 16 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos establece: Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.

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