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Fracción XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
Ejercicio 2024
Denominación del Formato |
TRIMESTRE 1 |
TRIMESTRE 2 |
TRIMESTRE 3 |
TRIMESTRE 4 |
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones 2024 |
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XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica 2024 |
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Ejercicio 2023
Denominación del Formato |
TRIMESTRE 1 |
TRIMESTRE 2 |
TRIMESTRE 3 |
TRIMESTRE 4 |
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones Ejercicio 2023 |
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XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica Ejercicio 2023 |
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XLVIIc. Mensaje Ejercicio 2023 |
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Ejercicio 2022
Denominación del Formato |
TRIMESTRE 1 |
TRIMESTRE 2 |
TRIMESTRE 3 |
TRIMESTRE 4 |
XLVIIa. Solicitudes de Intervención de Comunicaciones Ejercicio 2022 |
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XLVIIb. Solicitudes de Registro de Comunicaciones y de Registro de Localización Geográfica Ejercicio 2022 |
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XLVIIc. Mensaje Ejercicio 2022 |
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Fecha de Actualización: 04 de Julio de 2024
Periodo de
actualización: Trimestral
Periodo de
Conservación de
la información: Información que se
genere en el
ejercicio en curso y
la correspondiente a
los dos ejercicios
anteriores.
No Aplica
El H. Ayuntamiento de Compostela, Nayarit, no genera ni detenta la información relativa al listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, en terminso de los artículos 291, 294, 300 y 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales y artículos 297 del Registro de comunicaciones, aunado a que no cuentan con atribuciones de procuración, impartición o administración de justicia y no están relacionados con materia de seguridad nacional; El Artículo 16 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos establece: Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.
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